¿Por qué una sociedad limitada?
La SL es la forma jurídica más utilizada por las pymes en España por una razón sencilla: separa tu patrimonio personal del de la empresa. Como regla general, si las cosas van mal respondes con lo que aportaste al capital, no con tu vivienda ni con tus ahorros.
A partir de cierto nivel de beneficio, además, la tributación en el Impuesto sobre Sociedades —con tipos reducidos para entidades de nueva creación y empresas de reducida dimensión— suele resultar más eficiente que el IRPF progresivo del autónomo. Y frente a bancos, clientes y administraciones, una sociedad transmite una solidez que un autónomo difícilmente consigue.
Desde la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, ya no necesitas 3.000 € para constituirla: el capital mínimo es de 1 €. Eso sí, mientras el capital no alcance los 3.000 € la ley obliga a destinar al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, si la sociedad se liquida con patrimonio insuficiente, los socios responden solidariamente hasta esa cifra. Te explicamos si te conviene aprovecharlo o no.
Los errores que cuestan dinero a los dos años
Constituir una sociedad es rápido. Lo caro es corregir después lo que se decidió deprisa el día de la firma. Estos son los errores que más vemos:
- Un objeto social demasiado genérico o demasiado estrecho, que obliga a modificar estatutos en cuanto la actividad cambia.
- Elegir mal el órgano de administración: administradores solidarios cuando hacía falta control conjunto, o al revés.
- No prever qué pasa si un socio quiere salir. Sin pacto de socios, el conflicto acaba en el juzgado.
- Encuadrar mal al administrador en la Seguridad Social y descubrirlo en una inspección.
- Olvidar la declaración de titularidad real o el alta censal correcta y empezar a facturar con incidencias.
Ninguno de estos errores cuesta nada el día de la firma. Todos cuestan, y mucho, más adelante. Por eso no usamos estatutos de formulario sin revisarlos antes contigo.
Si vas a trabajar en construcción o reformas
Es nuestro sector de referencia y la constitución es el momento de dejar resueltas cuestiones que después salen caras: un objeto social que cubra obra nueva, rehabilitación y subcontratación; la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) si vas a subcontratar o a ser subcontratado; y una estructura de administración que permita firmar avales y pólizas sin bloqueos internos.
Lo dejamos planteado desde el primer día, junto con la relación con tu banco para la apertura de cuentas y las primeras líneas de financiación.
Cómo lo hacemos, paso a paso
- 1
Reunión inicial gratuita (30 minutos)
Analizamos actividad, socios, capital y órgano de administración. Si la SL no es lo que te conviene, te lo decimos.
- 2
Reserva de denominación
Solicitamos la certificación negativa al Registro Mercantil Central con hasta cinco alternativas de nombre.
- 3
Estatutos y documentación
Redactamos estatutos a medida, preparamos el Documento Único Electrónico y gestionamos el certificado bancario del capital.
- 4
Firma ante notario
Coordinamos cita y minuta con la notaría. Tú solo acudes a firmar; en los supuestos legales también es posible la firma por videoconferencia.
- 5
Inscripción y NIF definitivo
Seguimos la inscripción en el Registro Mercantil de Madrid hasta obtener el NIF definitivo de la sociedad.
- 6
Altas y puesta en marcha
Alta censal (modelo 036), alta como empresa en la Seguridad Social, encuadramiento del administrador y declaración de titularidad real. Te entregamos la sociedad operativa.
Qué necesitamos de ti
- DNI o NIE de todos los socios y administradores
- Hasta cinco nombres alternativos para la sociedad
- Descripción de la actividad que vas a desarrollar
- Domicilio social (puede ser nuestra oficina virtual)
- Reparto del capital y aportación de cada socio
- Cuenta bancaria para el depósito del capital